Tuesday, 10 October 2017

Forex 988 O 1256


Conceptos básicos de la fiscalidad de la divisa Para los comerciantes principiantes de la divisa, la meta es simplemente hacer comercios acertados. En un mercado donde los beneficios - y las pérdidas - se pueden realizar en un abrir y cerrar de ojos, muchos inversores se involucran para probar su mano antes de pensar a largo plazo. Sin embargo, si usted está planeando en la forex una carrera o están interesados ​​en ver cómo su estrategia de sartenes, hay grandes beneficios fiscales que debe considerar antes de su primer comercio. Mientras que la negociación de divisas puede ser un campo confuso para dominar, la presentación de impuestos en los EE. UU. para su relación beneficio / pérdida puede ser una reminiscencia del Oeste Salvaje. Aquí hay una ruptura de lo que usted debe saber. Para los inversores de opciones y futuros Para cualquiera que quiera empezar en opciones de divisas y / o futuros se agrupan en lo que se conoce como contratos IRC 1256. Estos contratos sancionados por el IRS significan que los comerciantes obtienen una contraprestación fiscal menor de 60/40. Lo que esto significa es que 60 de las ganancias o pérdidas se cuentan como ganancias / pérdidas de capital a largo plazo y los 40 restantes como corto plazo. Los dos principales beneficios de este tratamiento tributario son: Tiempo Muchos comerciantes de futuros / opciones de divisas realizan varias transacciones por día. De estas operaciones, hasta 60 pueden ser contabilizadas como ganancias / pérdidas de capital a largo plazo. Tasa de impuesto Cuando las acciones de negociación (mantenido menos de un año), los inversores se gravan a la tasa de corto plazo. Al negociar futuros u opciones, los inversores se gravan a una tasa de 23 (calculado como 60 veces a largo plazo 15 tasa máxima más 40 tasa de interés a corto plazo 35 tasa máxima). Para los inversionistas de venta libre La mayoría de los comerciantes al contado se gravan de acuerdo con los contratos del IRC 988. Estos contratos son para transacciones de divisas liquidadas en un plazo de dos días, lo que las hace abiertas a ganancias y pérdidas ordinarias según lo reportado al IRS. Si usted negocia forex spot probablemente se agrupará automáticamente en esta categoría. El principal beneficio de este tratamiento tributario es la protección contra pérdidas. Si experimenta pérdidas netas a través de su comercio de fin de año, ser clasificado como un comerciante 988 sirve como un gran beneficio. Como en el contrato de 1256, puede contar todas sus pérdidas como pérdidas ordinarias en lugar de sólo las primeras 3.000. Comparando los dos contratos del IRC 988 son más simples que los contratos del IRC 1256 en que la tasa de impuestos permanece constante tanto para las ganancias como para las pérdidas, lo que es una situación ideal para las pérdidas. 1256 contratos, mientras que más complejas, ofrecen más ahorros para un comerciante con ganancias netas - 12 más. La diferencia más significativa entre los dos es la de las ganancias y pérdidas anticipadas. La solución: elegir su categoría con cuidado Ahora viene la parte difícil: decidir cómo presentar impuestos para su situación. Lo que hace que la declaración de divisas sea confusa es que mientras que las opciones / futuros y OTC se agrupan por separado, usted como el inversor puede elegir un contrato 1256 o 988. La parte difícil es que usted tiene que decidir antes del 1 de enero del año comercial. Los dos tipos de forex filings conflicto, pero, en la mayoría de las empresas de contabilidad que estará sujeto a 988 contratos si usted es un comerciante de punto y 1256 contratos si usted es un comerciante de futuros. El factor clave es hablar con su contador antes de invertir. Una vez que comience a operar, no puede cambiar de 988 a 1256 o viceversa. La mayoría de los comerciantes se anticipar ganancias netas (por qué comercio) por lo que va a querer elegir fuera de su estado 988 y en el estado 1256. Para optar por un estado 988 que necesita para hacer una nota interna en sus libros, así como archivo con su contador. Esta complicación se intensifica si las existencias de comercio, así como las monedas. Las transacciones de patrimonio son gravadas de forma diferente y es posible que no pueda elegir contratos 988 o 1256, dependiendo de su estado. Mantener el control: su registro de desempeño En lugar de confiar en sus declaraciones de corretaje, una manera más precisa y de impuestos de mantener un registro de los beneficios / pérdidas es a través de su registro de rendimiento. Reste los depósitos en efectivo (a sus cuentas) y agregue los retiros (de sus cuentas) Reste los ingresos de los intereses y agregue los intereses pagados Añada otros gastos de operación La fórmula de registro de rendimiento le dará una representación más precisa de su ratio de ganancias / pérdidas y hará la presentación de fin de año más fácil para usted y su contador. Cosas que recordar Cuando se trata de la imposición de la divisa hay algunas cosas que usted querrá tener en cuenta, incluyendo: Plazos para la presentación. En la mayoría de los casos, se le requiere que elija un tipo de situación fiscal antes del 1 de enero. Si usted es un nuevo operador, puede tomar esta decisión antes de su primera operación, ya sea en enero 1 o 31 de diciembre. Que puede cambiar su estado a mediados de año, pero sólo con la aprobación del IRS. Mantenimiento detallado de registros. Mantener buenos registros (y copias de seguridad) puede ahorrarle tiempo cuando se acerca la temporada de impuestos. Esto le dará más tiempo al comercio y menos tiempo para preparar los impuestos. Importancia del pago. Algunos comerciantes tratan de vencer al sistema y obtener un ingreso total o parcial a cambio de divisas sin pagar impuestos. Dado que el comercio de venta libre no está registrado en la Commodities Futures Trading Commission (CFTC), algunos comerciantes piensan que pueden salirse con la suya. No sólo es poco ético, pero el IRS se pondrá al día con el tiempo y las tasas de evasión fiscal superará los impuestos que debe. La línea de fondo de comercio de divisas es todo acerca de capitalizar las oportunidades y aumentar los márgenes de beneficio para que un inversor inteligente hará lo mismo cuando se trata de impuestos. Tomando el tiempo para archivar correctamente puede ahorrarle cientos si no miles de impuestos, por lo que es una transacción que bien vale la pena el tiempo. Tengo una pérdida de 2013 forex de 10.000. El año pasado usé un 1256 para una ganancia de 5000. Así que puedo usar un qué puedo hacer Respuesta Recomendada 33 personas encontraron esto útil Como alguien que trabaja en TurboTax y que ha negociado regulado Sección 1256 contratos mí mismo, tengo algunos conocimientos detallados en esta área que sería feliz compartir con usted. A los efectos de la presentación de información fiscal, los Contratos de la Sección 1256 se clasifican como "mark-to-market", ya que son precios marcados a precios de mercado al cierre del ejercicio. Un Formulario 1099-B se entrega generalmente al comerciante, por la correduría, al final del año. Las ganancias y pérdidas de negociación terminan en el Formulario 6781, sometiendo las ganancias (o pérdidas) a 60 a largo plazo ya 40 ganancias de capital a corto plazo, independientemente del período real de tenencia, ya que las cantidades fluyen directamente desde allí a su cuenta Por supuesto, en respuesta a su pregunta original, la tasa de impuestos para las ganancias (o pérdidas) de capital de sus Contratos de la Sección 1256 es de 60 A largo plazo y 40 a corto plazo. Muchos comerciantes que se dedican a tales opciones sofisticadas y el comercio de futuros utilizan preparadores de impuestos profesionales, pero también puede introducirlos en TurboTax. Si usted tuvo un intercambio de divisas (Sección 1256) ganó el año pasado, y lo ingresó correctamente en TurboTax el año pasado, entonces debería haber tenido una ganancia de 5.000 Sección 1256 del año pasado, en la que ya ha pagado impuestos. Si ahora tiene una pérdida de 10,000 Sección 1256 este año, entonces tiene una pérdida de 10.000 con la que compensar otras ganancias de capital, si las hay. Hasta 3.000 (o 1.500 si Married Archivando Separadamente) de una pérdida de capital no compensada por ganancias de capital puede ser usado para reducir el ingreso imponible ordinario, y luego cualquier resto será llevado adelante en el próximo año como lo que se conoce como una pérdida de capital adelante. Mecánicamente, en TurboTax classic (si eres un usuario que regresa en línea desde el año pasado, tus instrucciones pueden ser diferentes), ya sea en línea o de escritorio, seguirás esta ruta de entrada de datos: Encuentra la pestaña de FEDERAL TAXES Encuentra la pestaña WAGES AND INCOME Encuentra EXPLORE ON MY OWN (esto puede requerir que usted haga clic a través de una o dos otras pantallas de antemano) Encuentre el subgrupo INVESTMENT INCOME Encuentre la línea CONTRACTS AND STRADDLES y haga clic en el botón start Responder YES que tenía Sec. 1256 contratos No haga elecciones electorales especiales a menos que se apliquen a usted. En la página CONTRACTS amp STRADDLES, seleccione la casilla al lado de Sec. 1256 Contratos marcados a mercado Haga clic en continuar y desde allí TurboTax le llevará a través del árbol de preguntas y respuestas necesario. En un pensamiento final en cuanto a su pregunta original, usted realmente no tiene una opción aquí, respetuosamente, en cuanto a qué puedo hacer. Lo correcto - y la única cosa válida bajo las leyes tributarias - es reportar sus actividades de intercambio de divisas como contratos de la Sección 1256 en el Formulario 6781 (como acaba de esbozar arriba). Si no lo hizo para su actividad de negociación de 2012, entonces primero debe volver y modificar su declaración de 2012 para contabilizar adecuadamente su comercio de contrato de la Sección 1256. Después de hacer eso, usted estaría en una posición para archivar su declaración de impuestos 2013. Si lo manejas correctamente en la primera instancia, con tu regreso de 2012, simplemente sigue adelante y el archivo de su regreso 2013 tan pronto como sea posible. Gracias por hacer esta importante pregunta, y buena suerte a usted Esta respuesta fue útil Sí No Esta publicación ha sido cerrada y no está abierta para comentarios o respuestas. Más acciones Las personas vienen a TurboTax AnswerXchange para obtener ayuda y respuestas. Queremos darles a conocer que estuvieron aquí para escuchar y compartir nuestros conocimientos. Lo hacemos con el estilo y el formato de nuestras respuestas. Aquí están cinco pautas: Manténgalo conversacional. Al responder a las preguntas, escriba como usted habla. Imagine que está explicando algo a un amigo de confianza, usando un lenguaje sencillo y cotidiano. Evite la jerga y los términos técnicos cuando sea posible. Cuando no haya otra palabra, explique los términos técnicos en inglés. Sea claro y diga la respuesta por adelantado. Pregúntese qué información específica la persona realmente necesita y luego proporcionar. Stick al tema y evitar detalles innecesarios. Divida la información en una lista numerada o con viñetas y resalte los detalles más importantes en negrita. Sé conciso. Objetivo de no más de dos frases cortas en un párrafo, y tratar de mantener los párrafos a dos líneas. Una pared de texto puede parecer intimidante y muchos no lo leerán, así que romperlo. Su autorización para vincular a otros recursos para obtener más detalles, pero evitar dar respuestas que contienen poco más que un enlace. Se un buen oyente. Cuando la gente publica preguntas muy generales, tome un segundo para tratar de entender lo que realmente buscan. Luego, proporcione una respuesta que los oriente hacia el mejor resultado posible. Sea alentador y positivo. Busque maneras de eliminar la incertidumbre anticipando las preocupaciones de la gente. Haga que sea evidente que realmente nos gusta ayudarlos a lograr resultados positivos. ¿Todavía tiene una pregunta? Haga su pregunta a la comunidad. La mayoría de las preguntas obtienen una respuesta en aproximadamente un día. (A) Norma general Sin perjuicio de cualquier otra disposición de este capítulo (1) Tratamiento como ingreso ordinario o pérdida Salvo disposición en contrario en esta sección, cualquier La ganancia o pérdida en moneda extranjera atribuible a una transacción de la sección 988 se calculará por separado y se tratará como ingreso ordinario o pérdida ordinaria (según sea el caso). (B) Regla especial para contratos a plazo, etc. A excepción de lo dispuesto en las regulaciones, un contribuyente puede elegir tratar cualquier ganancia o pérdida de moneda extranjera atribuible a un contrato a término, un contrato de futuros o una opción descrita en el inciso (c) (1) (Iii) que sea un activo de capital en manos del contribuyente y que no forme parte de un straddle (en el sentido de la sección 1092 (c), sin tener en cuenta el párrafo (4) del mismo) como ganancia de capital o (En su caso) si el contribuyente efectúa dicha elección e identifica dicha transacción antes del cierre del día en que se efectúa la transacción (o en el plazo más temprano que el Secretario pueda prescribir). (2) Ganancia o pérdida tratada como interés para ciertos fines En la medida en que lo disponga la reglamentación, cualquier cantidad que se considere como ingreso o pérdida ordinaria conforme al párrafo (1) se tratará como ingreso o gasto por intereses (según sea el caso). Salvo disposición en contrario en los reglamentos, en el caso de cualquier cantidad considerada como ingreso ordinario o pérdida ordinaria conforme al párrafo (1) (sin tener en cuenta el párrafo (1) (B)), la fuente de dicho monto se determinará por referencia a la residencia Del contribuyente o de la unidad de negocios calificada del contribuyente en cuyos libros el activo, pasivo o partida de ingresos o gastos se refleja adecuadamente. (B) Residencia Para los propósitos de esta subparte (i) En general La residencia de cualquier persona será en el caso de un individuo, el país en el cual dichos individuos imponen impuestos a su domicilio (como se define en la sección 911 (d) (3) En el caso de cualquier corporación, sociedad, fideicomiso o patrimonio que sea una persona de los Estados Unidos (según se define en la sección 7701 (a) (30)), los Estados Unidos, y en el caso de cualquier corporación, sociedad, fideicomiso , O un estado que no sea una persona de los Estados Unidos, un país que no sea los Estados Unidos. Si un individuo no tiene una casa de impuestos (como se define), la residencia de dicha persona será los Estados Unidos si esa persona es un ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero residente y será un país distinto de los Estados Unidos si esa persona No es un ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero residente. En el caso de una unidad de negocio calificada de cualquier contribuyente (incluyendo un individuo), la residencia de dicha unidad será el país en el cual se ubica el centro principal de negocios de dicha unidad de negocio calificada. Iii) Regla especial para las asociaciones En la medida prevista en la reglamentación, en el caso de una sociedad, la determinación de residencia se hará a nivel de socio. (C) Regla especial para ciertos préstamos de partes relacionadas Excepto en la medida en que se disponga en los reglamentos, en el caso de un préstamo de una persona de Estados Unidos o de una persona relacionada a una sociedad extranjera de 10 por ciento que esté denominada en una moneda distinta de la Dólar y tiene intereses a una tasa de al menos 10 puntos porcentuales por encima de la tasa federal de mediano plazo (determinada según la sección 1274 (d)) en el momento en que se contraiga dicho préstamo, se aplicarán las siguientes reglas: Para propósitos de la sección 904 solamente , Dicho préstamo se contabilizará al mercado anualmente. Cualquier ingreso por intereses devengado con respecto a dicho préstamo para el año contributivo se tratará como ingresos de fuentes dentro de los Estados Unidos hasta el punto de cualquier pérdida atribuible a la cláusula (i). Para los propósitos de este subpárrafo, el término persona relacionada tiene el significado dado por el artículo 954 (d) (3), excepto que tal sección se aplicará sustituyendo a la persona de los Estados Unidos por una corporación extranjera controlada cada lugar en que aparezca dicho término. (D) Sociedad extranjera propiedad del 10 por ciento El término sociedad extranjera propiedad del 10 por ciento significa cualquier corporación extranjera en la cual la persona de los Estados Unidos posee directa o indirectamente al menos el 10 por ciento del capital con derecho a voto. (1) Ganancia en moneda extranjera El término ganancia en moneda extranjera significa cualquier ganancia de una transacción de la sección 988 en la medida en que dicha ganancia no supere la ganancia obtenida por cambios en los tipos de cambio en O después de la fecha de reserva y antes de la fecha de pago. (2) Pérdida de moneda extranjera El término pérdida de moneda extranjera significa cualquier pérdida de una transacción de la sección 988 en la medida que dicha pérdida no exceda la pérdida realizada debido a cambios en los tipos de cambio en o después de la fecha de reserva y antes de la fecha de pago. (3) Regla especial para ciertos contratos, etc. En el caso de cualquier transacción del artículo 988 descrita en el inciso (c) (1) (B) (iii), cualquier ganancia o pérdida de dicha transacción será tratada como ganancia de divisas o Pérdida (según sea el caso). (A) En general El término transacción de la sección 988 significa cualquier transacción descrita en el subpárrafo (B) si el monto que el contribuyente tiene derecho a recibir (o está obligado a Pago) por razón de tal transacción se expresa en términos de una moneda no funcional, o se determina por referencia al valor de 1 o más monedas no funcionales. (B) Descripción de las operaciones A efectos del apartado (A), se describen las siguientes operaciones en este subpárrafo: La adquisición de un instrumento de deuda o convertirse en el deudor en virtud de un instrumento de deuda. Acumular (o de otra manera tomar en cuenta) para los fines de este subtítulo cualquier elemento de gasto o ingresos brutos o recibos que debe ser pagado o recibido después de la fecha en que se haya acumulado o tomado en cuenta. Incorporación o adquisición de cualquier contrato a término, contrato de futuros, opción o instrumento financiero similar. El Secretario podrá prescribir reglamentos que excluyan de la aplicación de la cláusula (ii) cualquier clase de partidas cuya consideración no sea necesaria para llevar a cabo los propósitos de esta sección debido a las pequeñas cantidades o períodos cortos involucrados, o de otra manera. (C) Reglas especiales para la disposición de la moneda no funcional (i) En general En el caso de cualquier disposición de cualquier moneda no funcional, dicha disposición será tratada como una transacción de la sección 988 y cualquier ganancia o pérdida de dicha transacción será tratada como moneda extranjera Ganancia o pérdida (según sea el caso). (Ii) Moneda no funcional Para los propósitos de esta sección, el término moneda no funcional incluye monedas o monedas, y la moneda no funcional denominada demanda o depósitos a plazo o instrumentos similares emitidos por un banco u otra institución financiera. (D) Excepción para ciertos instrumentos marcados al mercado La cláusula (iii) del inciso (B) no se aplicará a ningún contrato de futuros regulado o opción de no-cuota que sería marcada al mercado bajo la sección 1256 si se mantiene el último día del año contributivo. (Ii) Elección fuera El contribuyente puede elegir que la cláusula (i) no se aplique a dicho contribuyente. Esta elección se aplicará a los contratos celebrados en cualquier momento durante el año contributivo para el cual se efectúe dicha elección o en cualquier año fiscal sucesivo, a menos que dicha elección sea revocada con el consentimiento del Secretario. (II) Tiempo para hacer elecciones Excepto lo dispuesto en las regulaciones, una elección bajo la subcláusula (I) para cualquier año contributivo se hará en o antes del primer día de dicho año contributivo (o, si es posterior, el o antes del primer día durante El año en que el contribuyente tiene un contrato descrito en la cláusula (i)). (III) Regla especial para asociaciones, etc. En el caso de una sociedad, la elección bajo la subcláusula (I) será hecha por cada socio separadamente. Una regla similar se aplicará en el caso de una corporación S. (Iii) Tratamiento de ciertas sociedades Este párrafo no se aplicará a ningún ingreso o pérdida de una sociedad para un año contributivo si dicha sociedad hizo una elección en virtud del subpárrafo (E) (iii) (V) para ese año o cualquier año anterior. (E) Reglas especiales para ciertos fondos En el caso de un fondo calificado, la cláusula (iii) del párrafo (B) no se aplicará a ningún instrumento que sería marcado al mercado bajo la sección 1256 si se mantiene el último día del año contributivo (Determinado después de la aplicación de la cláusula (iv)). (Iii) (V) para cualquier año contributivo y dicha sociedad tiene una pérdida neta para dicho año o para cualquier otro año a partir de los instrumentos a que se refiere la cláusula ( I), las reglas de las cláusulas (i) y (iv) se aplicarán a cualquier año de pérdida, ya sea que dicha sociedad sea o no un fondo calificado para dicho año. (Iii) Fondo calificado definido Para efectos de este párrafo, el término fondo calificado significa cualquier sociedad si en todo momento durante el año contributivo (y durante cada año tributable anterior al cual se aplica una elección bajo la subcláusula (V) Al menos 20 socios y ningún socio individual posee más del 20 por ciento de los intereses en el capital o beneficios de la sociedad, la actividad principal de dicha sociedad para dicho año contributivo consiste en comprar y vender opciones, futuros Al menos el 90 por ciento de los ingresos brutos de la sociedad para el año contributivo (y para cada año fiscal anterior) consistió en ingresos o ganancias descritos en los subpárrafos (A), (B) o ( G) de la sección 7704 (d) (1) o ganancia por la venta o disposición de activos de capital mantenidos para la producción de intereses o dividendos, no más de un monto mínimo del ingreso bruto de la sociedad para el año contributivo (y Cada uno de esos años gravables anteriores) se derivó de la compra y venta de productos básicos, y una elección bajo esta subcláusula se aplica al año contributivo. La elección bajo la subcláusula (V) para cualquier año contributivo se efectuará en o antes del primer día de dicho año contributivo (o, si es posterior, en o antes del primer día durante el año en que la sociedad tiene un instrumento mencionado en la cláusula (yo)). Cualquier elección de este tipo se aplicará al año contributivo por el cual se hizo y todos los años impositivos siguientes, a menos que sea revocado con el consentimiento del Secretario. (Iv) Tratamiento de determinados contratos de divisas Excepto en los casos previstos en los reglamentos, en el caso de un fondo calificado, cualquier contrato a plazo, cualquier contrato de futuros de divisas negociado en divisas, o en la medida prevista en los reglamentos cualquier instrumento similar que (II) Ganancias y pérdidas tratadas como de corto plazo En el caso de cualquier instrumento tratado como un contrato de la sección 1256 bajo la subcláusula (I), el contrato de la sección 1256 será tratado como un contrato de la sección 1256, El párrafo (A) de la sección 1256 (a) (3) se aplicará sustituyendo el 100 por ciento por el 40 por ciento (y el párrafo (B) de dicha sección no se aplicará). V) Reglas especiales para la cláusula (iii) (I) (I) Ciertos socios generales El interés de un socio general en la sociedad no se considerará como incumplimiento de los requisitos de 20 por ciento de propiedad de la cláusula (iii) (I) Para cualquier año contributivo de la sociedad si, para el año contributivo del socio en el que finaliza el año contributivo de dicha sociedad, dicho socio (y cada sociedad que presente una declaración consolidada con dicho socio) no tuviera ingresos ordinarios o pérdidas de una transacción del artículo 988 Es la ganancia o pérdida en moneda extranjera (según sea el caso). (II) Tratamiento de la compensación de incentivos Para efectos de la cláusula (iii) (I), cualquier ingreso asignable a un socio general como compensación de incentivos basada en beneficios más que en capital no se tendrá en cuenta al determinar el interés de dichos socios en los beneficios de la asociación. (III) Tratamiento de socios exentos de impuestos Salvo lo dispuesto en los reglamentos, no se considerará que los intereses de un socio en la sociedad no cumplen con los requisitos de 20 por ciento de propiedad de la cláusula (iii) (I) si ninguno de los ingresos De dicho socio de dicha sociedad está sujeto al impuesto en virtud del presente capítulo (ya sea directamente oa través de 1 o más entidades de paso). (IV) Regla de observación Para determinar si se cumplen los requisitos de la cláusula (iii) (I) con respecto a cualquier sociedad, excepto en la medida en que se disponga en los reglamentos, cualquier interés en dicha sociedad mantenido por otra sociedad será tratado como mantenido Proporcionalmente por los socios de esa otra sociedad. (Vi) Otras normas especiales Para los fines de este inciso (I) Personas relacionadas Los intereses en la sociedad de personas asociadas entre sí (en el sentido de los artículos 267 (b) y 707 (b) persona. Las referencias a cualquier asociación incluirán una referencia a cualquier predecesor de la misma. (III) Terminaciones Inadvertidas Se aplicarán reglas similares a las reglas de la sección 7704 (e). (IV) Tratamiento de ciertos instrumentos de deuda Para efectos de la cláusula (iii) (IV), cualquier instrumento de deuda que sea una transacción del artículo 988 se tratará como un bien. (2) Fecha de reserva La fecha de reserva de la fecha significa en el caso de una transacción descrita en el párrafo (1) (B) (i), la fecha de adquisición o en la cual el contribuyente se convierte en el deudor, o en el caso de una transacción descrita En el párrafo (1) (B) (ii), la fecha en que se devenguen o se tengan en cuenta de otro modo. La fecha de pago a término significa la fecha en que el pago se realiza o se recibe. (4) Instrumento de deuda El término "instrumento de deuda" significa un bono, una debentura, una nota o un certificado u otra evidencia de endeudamiento. En la medida en que lo disponga la reglamentación, dicho plazo incluirá acciones preferentes. (5) Reglas especiales en las que el contribuyente toma o hace entrega Si el contribuyente toma o hace entrega en relación con cualquier transacción descrita en el párrafo (1) (B) (iii), cualquier ganancia o pérdida (determinada como si el contribuyente vendió el Contrato, opción o instrumento en la fecha en que tomó o entregó su valor justo de mercado en dicha fecha) se reconocerán de la misma manera que si se hubiera vendido dicho contrato, opción o instrumento. D) Tratamiento de 988 operaciones de cobertura En la medida en que lo establezca la reglamentación, si una transacción del artículo 988 forma parte de una operación de cobertura 988, todas las transacciones que formen parte de dicha operación de cobertura serán integradas y tratadas como una transacción única o tratadas de otro modo Consistentemente para los propósitos de este subtítulo. Para los fines de la frase anterior, la determinación de si cualquier transacción es una transacción de la sección 988 se determinará sin considerar si dicha transacción sería de otra manera marcada a la comercialización bajo la sección 475 o 1256 y dicha fecha no incluirá ninguna transacción con respecto A la que se hace una elección en virtud de la subsección (a) (1) (B). Los artículos 475, 1092 y 1256 no se aplicarán a una transacción cubierta por esta subsección. (2) 988 transacción de cobertura Para efectos del párrafo 1), el término transacción de cobertura de 988 significa cualquier transacción (A) realizada por el contribuyente principalmente para manejar el riesgo de fluctuaciones monetarias con respecto a los bienes que se mantienen o se mantienen por la Contribuyente, o para manejar el riesgo de fluctuaciones monetarias con respecto a los préstamos tomados o por realizar, o las obligaciones contraídas o por incurrir por el contribuyente, e identificadas por el Secretario o el contribuyente como una transacción de cobertura de 988. (E) Aplicación a personas físicas Las disposiciones anteriores de esta sección no se aplicarán a ninguna transacción del artículo 988 celebrada por un individuo que sea una transacción personal. (2) Exclusión para ciertas transacciones personales Si una moneda no funcional es eliminada por un individuo en cualquier transacción, y tal transacción es una transacción personal, no se reconocerá ganancia para los fines de este subtítulo debido a cambios en los tipos de cambio después de que dicha moneda fue Adquirido por dicho individuo y antes de dicha disposición. La frase anterior no se aplicará si la ganancia que de otro modo sería reconocida en la transacción excede de 200. (3) Transacciones personales Para efectos de esta subsección, el término transacción personal significa cualquier transacción celebrada por un individuo, excepto que dicho término no Incluir cualquier transacción en la medida en que los gastos debidamente asignados a dicha transacción cumplan con los requisitos de la sección 162 (con excepción de los gastos de viaje descritos en la subsección (a) (2)) o la sección 212 (con excepción de la parte del artículo 212 que trata de los gastos Incurridos en relación con los impuestos). 1999Subsec. (D) (2) (A) (i), (ii). Pub. L. 106170 sustituido para gestionar para reducir. 1997Subsec. (mi). Pub. L. 10534 enmendado el encabezado y el texto del subsec. E) en general. Antes de la enmienda, el texto es como sigue: Esta sección se aplicará a las transacciones de la sección 988 hechas por un individuo solamente en la medida en que los gastos apropiadamente asignables a tales transacciones cumplan con los requisitos de la sección 162 ó 212 (aparte de la parte de la sección 212) Gastos incurridos en relación con los impuestos). 1993Subsec. (D) (1). Pub. L. 10366 sección sustituida 475 o 1256 para la sección 1256 y secciones 475, 1092 y 1256 para las secciones 1092 y 1256. 1989Subsec. (un). Pub. L. 101239 inserta la disposición introductoria No obstante cualquier otra disposición de este capítulo. 1988Subsec. (A) (3) (B) (i). Pub. L. 100647. 1012 (v) (8), insertado al final Si un individuo no tiene un domicilio fiscal (como se define), la residencia de dicho individuo será Estados Unidos si es un ciudadano de los Estados Unidos o un Residente extranjero y será un país distinto de los Estados Unidos si dicho individuo no es un ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero residente. Subsec. (C) (1) (B) (iii). Pub. L. 100647. 6130 (a), cancelado a menos que dicho instrumento sea marcado al mercado bajo la sección 1256 si se mantiene el último día del año contributivo después de un instrumento financiero similar. Pub. L. 100647. 1012 (v) (6), enmendada cl. Iii) en general. Antes de la enmienda, cl. (Iii) lea como sigue: La entrada o adquisición de cualquier contrato a término, contrato de futuros, opción o instrumento financiero similar si dicho instrumento no está marcado al mercado al cierre del año contributivo bajo la sección 1256. Subsec. (C) (1) (C) (i) (II). Pub. L. 100647. 1012 (v) (3) (B), enmendado el subcl. (II) en general. Antes de la enmienda, el subcl. (II) se lee como sigue: para efectos de determinar la ganancia o pérdida de moneda extranjera de dicha transacción, los párrafos (1) y (2) de la subsección (b) se aplicarán sustituyendo la fecha de adquisición por la fecha de adquisición y la disposición para la fecha de pago. Subsec. (C) (2) (C). Pub. L. 100647. 1012 (v) (3) (C), eliminado subpar. (C) que define la fecha de reserva en el caso de una operación descrita en el par. (1) (B) (iii) como la fecha en la cual la posición es puesta en o adquirida. Subsec. (C) (3). Pub. L. 100647. 1012 (v) (3) (D), modificado en el par. (3) en general. Antes de la enmienda, par. (3) de la siguiente manera: El término fecha de pago significa: (A) en el caso de una transacción descrita en el párrafo (1) (B) (i) o (ii), la fecha en que se efectúa o se recibe el pago, B) en el caso de una operación descrita en el párrafo (1) (B) (iii), la fecha en que se efectúa o se recibe el pago o la fecha en que los derechos de los contribuyentes con respecto al puesto son terminados. Subsec. (D) (1). Pub. L. 100647. 1012 (v) (4), sustituyó este subtítulo por esta sección. Fecha de vigencia de 1999 Enmienda Enmienda por Pub. L. 106170, aplicable a cualquier instrumento que se posea, se adquiera o se celebre, cualquier transacción celebrada y suministros mantenidos o adquiridos a partir del 17 de diciembre de 1999. véase la sección 532 (d) L. 106170. establecido como nota en la sección 170 de este título. Fecha de vigencia de la Enmienda de 1997 Las enmiendas hechas por esta sección que modifica esta sección se aplicarán a los años contributivos que comiencen después del 31 de diciembre de 1997. Fecha de vigencia de 1993 Enmienda Enmienda por Pub. L. 10366 aplicable a todos los años contributivos que terminan en o después del 31 de diciembre de 1993. con las reglas especiales para los contribuyentes requeridos para cambiar los métodos de contabilidad y para los especialistas de piso y los creadores de mercado, vea la sección 13223 (c) del Pub. L. 10366. establecido como Nota de Fecha Efectiva bajo la sección 475 de este título. Fecha de vigencia de 1989 Enmienda Enmienda por Pub. L. 101239, salvo que se disponga otra cosa, como si estuviera incluido en la disposición de la Ley de ingresos técnicos y varios de 1988, Pub. L. 100647. a la que se refiere dicha enmienda, véase la sección 7817 de la Pub. L. 101239. que figura en la sección 1 del presente título. La enmienda hecha por el párrafo (A) modificando esta sección no se aplicará en cualquier caso en que el contribuyente tome o haga entrega antes del 11 de junio de 1987. Enmienda por sección 1012 (v) (3), (4), (6) (8) de la Publicación. L. 100647 en vigor, salvo disposición en contrario, como si estuviera incluido en la disposición de la Ley de Reforma Tributaria de 1986, Pub. L. 99514. a la que se refiere dicha enmienda, véase la sección 1019 (a) del Pub. L. 100647. se indica en la sección 1 del presente título. Las enmiendas hechas por esta sección que modifica esta sección y la sección 1092 de este título se aplicarán con respecto a contratos a plazo, contratos futuros, opciones e instrumentos similares celebrados o adquiridos después del 21 de octubre de 1988. (2) Tiempo para hacer la elección. El tiempo para realizar cualquier elección bajo los subpárrafos (D) o (E) de la sección 988 (c) (1) del Código de 1986 no expirará antes de la fecha 30 días después de la fecha de promulgación de esta Ley el 10 de noviembre de 1988 . (3) Reglas transitorias. Los requisitos de la subcláusula (IV) de la sección 988 (c) (1) (E) (iii) del Código de 1986 (agregados por la subsección (b)) no se aplicarán a los períodos anteriores a la fecha de promulgación de esta Ley. (B) En el caso de cualquier socio en una sociedad existente, los requisitos de 20 por ciento de propiedad de la subcláusula (I) de dicho artículo 988 (c) (1) (E) (iii) serán tratados como satisfechos durante cualquier período durante Que dicho socio no posea un porcentaje de participación en el capital o ganancias de dicha sociedad superior al 33 por ciento (o, si es menor, el porcentaje más bajo de dicho socio durante cualquier período anterior después del 21 de octubre de 1988). en existencia). Para los fines de la frase anterior, el término sociedad existente significa cualquier sociedad si dicha sociedad existía el 21 de octubre de 1988. y principalmente participó en dicha fecha en la compra y venta de opciones, futuros o contratos a término con respecto a los productos básicos o un registro Se presentó declaración con respecto a dicha sociedad con la Comisión de Bolsa y Valores en o antes de dicha fecha y dicha declaración de registro indicó que la actividad principal de dicha asociación consistirá en comprar y vender instrumentos a que se refiere la cláusula (i). Sección aplicable a los años contributivos que comienzan después del 31 de diciembre de 1986. con ciertas excepciones y calificaciones, ver sección 1261 (e) del Pub. L. 99514. establecido como una nota bajo la sección 985 de este título. Determinaciones por escrito para esta sección Estos documentos, a veces referidos como Sentencias de Carta Privada, se toman de la página de Determinaciones Escritas del IRS, el IRS también publica una explicación más completa de lo que son y lo que significan. La colección se actualiza (al final) todos los días. Parece que el IRS actualiza su listado cada viernes. Tenga en cuenta que el IRS a menudo los títulos de los documentos de una manera muy simple vainilla, duplicación. No asuma que los documentos con el mismo título son iguales, o que un documento posterior reemplaza a otro con el mismo título. Eso es poco probable que sea el caso. Las fechas de publicación aparecen exactamente como las obtenemos del IRS. Algunos están claramente equivocados, pero no hemos hecho ningún intento de corregirlos, ya que no tenemos forma de adivinar correctamente en todos los casos, y no deseamos añadir a la confusión. Truncamos resultados en 20000 artículos. Después de eso, estás por tu cuenta.

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